¿Donde están los límites del Poder?
Con este título se ha publicado un artículo en el blog WEBSEGUR, en el que explican, podríamos decir, la segunda parte de la afectación de la zona de c/ Brasil - Plaça dels Braus.
Ya comentaba en otro artículo que esta zona había sido afectada por el POUM y que se habían realizado alegaciones, que no se contestaron, y que al publicarse ahora el POUM se ha visto que efectivamente las alegaciones realizadas en su momento tenían una base, y que la propia Generalitat le había indicado al equipo de gobierno anterior que deberían rectificar ( no se pueden poner unas naves industriales dentro de una isla de viviendas), la rectificación consiste en que los ha enviado a una zona nueva, que han calificado de suelo industrial, una zona en la actualidad "monte virgen "... ¡todo monte! (vean el enlace)
http://websegur.blogspot.com/2011/11/donde-estan-los-limites-del-poder.html?showComment=1320859636797
Pero no contentos con esto, los califican como sistema de cooperación ... ¿y que es eso? pues es el mismo sistema con el que afectaron a la zona llamada en el POUM en su momento
PMU MARIANDA
Es un sistema por el que los propietarios pasan de ser propietarios a convertirse en promotores!!! (obligados claro) consistente en que tienes que:
Derribar todo lo existente, (a cargo de los propietarios)
tienes que:
Construir lo nuevo a realizar en la zona ( a cargo de los propietarios)
y además en este caso del PMU MARINADA, los propietarios no tenían derecho a ser realojados!!!
Todo esto era posible porque, pasábamos de tener una calificación urbanística de
Suelo Urbano Consolidado a SUELO URBANO NO CONSOLIDADO, 1/2005 de la Llei d'Urbanisme, en la actualidad 1/2010 de 3 de agosto por el que se aprueba el Texto refundido de la Llei d'Urbanisme ,
contempla esta calificación ( la de cooperación) es este supuesto. Quiere decirse con esto que todo era legal .... NO ERA UNA EXPROPIACIÓN ¡que quede claro !
http://www.igc.cat/web/files/10209124_decretlegislatiu_2010_textrefosurbanisme.pdf
Artículo 121
Sistemas de actuación urbanística
1. La ejecución o la gestión del planeamiento urbanístico se efectúa mediante
cualquiera de los sistemas de actuación urbanística siguientes:
a) De reparcelación.
b) De expropiación.
2. El sistema de reparcelación a que se refiere el apartado 1.a incluye las modalidades
siguientes:
a) De compensación básica.
b) De compensación por concertación.
c) De cooperación.
d) Por sectores de urbanización prioritaria.
3. La administración competente, con ocasión de la aprobación del planeamiento
urbanístico o, si procede, de la delimitación del polígono de actuación urbanística, y
también en el supuesto regulado por el artículo 119.1.d, tiene que decidir el sistema
de actuación urbanística y la modalidad que es preciso aplicar, en función de las
necesidades, los medios economico-financieros con los que cuente, la colaboración
de la iniciativa privada y las otras circunstancias que concurran.
4. Para los polígonos de actuación urbanística de iniciativa particular debe
determinarse el sistema de reparcelación, en las modalidades de compensación
básica o de compensación por concertación.
Los vecinos del llamado PMU MARINADA, nos enteramos de esto durante el puente de la Constitución, el próximo Diciembre hará dos años, unos vecinos dieron la voz de alarma y corrió como la pólvora, nos organizamos, pusimos dinero, buscamos un buen abogado y se presentaron alegaciones, todo esto en menos de un mes ya que nos enteramos casi con el tiempo cumplido de exposición pública, (las viviendas afectadas eran 778 y una superficie de 48.000 mts2)
Personas mayores llorando, personas jóvenes tirando del carro!!!, angustiados todos , unas Navidades que difícilmente podremos olvidar por muchos años que pasen, ahí se inició nuestro calvario, la persecución de un gobierno municipal a sus ciudadanos... !!!
Ganamos las alegaciones y tuvieron que retirar el PMU MARINADA, pero nos afectaron con la OD5s , no tiene nada que ver una afectación con la otra, pero de nuevo nos afectaron y esta vez a más vecinos.
¡Cuanto nos tuvimos que escuchar! (los vecinos de la zona afectada) por parte del que era el Alcalde entonces y el Regidor de Urbanismo que ..." los vecinos no habíamos entendido nada..., que nada se iba a tirar, que no teníamos que gastar dinero en abogados ... etc etc " a día de hoy aún siguen manteniendo la misma postura y el mismo discurso ... ya no es solo la llamada zona MARINADA !!! , de hecho hay más de un PMU marcado con este sistema de cooperación.
Websergur se pregunta ¿DONDE ESTÁN LOS LÍMITES DEL PODER? ...
Nosotros nos preguntamos también ¿PORQUÉ UN GOBIERNO MUNICIPAL MALTRATA A SUS VECINOS? ...
Los vecinos de la zona afectada por el OD5s volvemos a escuchar la cancioncilla de ... "eso no es cierto, eso no es así... no existe ninguna afectación.... no hace falta que gasten dinero en abogado ... " , menos mal que somos vecinos, personas, muy sensatas y sabemos lo que queremos, sobre todo referente a nuestras propiedades, por eso estamos preparando esta vez un Contencioso ...
esto demuestra que ,los de marinada ,tenia razón ,para que luego digan ,pero seguro que todavía habrá gente que no se lo crea ,esto demuestra que el anterior gobierno tenia sus propios planes ocultos,que tajada no sacarían de su famoso POUM, yo siempre digo que cuando el rió suena , agua lleva, hay que estar alerta ,porque es seguro que te mojas,mis ánimos para los afectados y que luchen por sus derechos y propiedades.
ResponderEliminarSin duda alguna no tienen ninguna verguenza. ¿De que sirven las alegaciones a una situación, si te cambian la situación de forma radical y ya no puedes hacer alegaciones? El Sr. Ferre como regidor de urbanismo hizo lo que quiso con el patrimonio de la gente y sin cumplir nunca la legalidad. La legalidad sólo la tienen que cumplir los vecinos, no sus dirigentes. Un Saludo.
ResponderEliminarPor esos motivos entre otros , de nuevo nos toca luchar a los vecinos por lo nuestro , por le patrimonio que es nuestro y nos lo quieren dilapidar otros ... por eso VAMOS A CONTENCIOSO .
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