Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.
El reciente reglamento de valoraciones de las edificaciones les da como mucho 100 años de vida a las edificaciones residenciales, 75 a las edificaciones de oficinas, 50 a las edificaciones comerciales
(Art. 5 y Anexo III).
Si el edificio se ha hecho sin licencia o es ilegal en su totalidad el valor es cero. Simplificando, si tienen un edificio residencial que tenga 40 años, han perdido el 40% a efectos de valoración de la edificación.
Si tuvieran que expropiar un edificio de 70 años, pagarían el 30% del valor de la edificación como nuevo.
Con la afectación que se aprobó con el POUM, solo nos pagarían o nos valorarían sobre el coeficiente del 1.25m2st/m2, ya que el resto lo hemos perdido con dicha afectación.
Otro motivo más a sumar a los defendidos y por los que luchar para que nuestro patrimonio no se devalúe.
Dejamos el documento completo para que puedan consultarlo.
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